sábado, 4 de enero de 2014

INTRODUCCIÓN GENERAL



Desde 1961 cuando se creó la Dirección Nacional de Cooperativas como entidad especializada para ejecutar las políticas estatales de promoción del sector, como organismo técnico, es el encargado de la asesoría, fiscalización, educación y registro de los diferentes tipos de cooperativas.









El sistema económico es social y solidario, integrado por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, en la que se incluye a los sectores cooperativistas; la Dirección Nacional de Cooperativas, como máximo organismo nacional hoy desconcentrado, a las Direcciones Provinciales y Subsecretarias Regionales del MIES,




La economía popular y la economía popular y solidaria no son economías “de pobres” y mucho menos “para pobres”. Generan riqueza y tienen un peso muy importante en la economía nacional.

La economía popular, por ejemplo genera el 60% del empleo a nivel nacional. En el área rural genera el 70% del empleo y en el área urbana el 55%.

El 66,8% de las UPAS (Unidades Productivas Agropecuarias) de menos de 5 has. Proveen el 65% de alimentos (a pesar de las enormes restricciones que tienen a factores productivos: 47,7% de pequeños productores posee el 2,04% de la tierra de uso agrícola y el 3,32% de grandes propietarios acapara el 42,57% de la tierra; y solo el 14% de éstas UPAS tiene algún tipo de riego tecnificado).

El sector financiero de la economía popular y solidaria, son, Cooperativas, Cajas, Bancos comunales, Grupos Solidarios, tienen 226 millones de dólares en depósitos en el sistema financiero nacional. En el Ecuador existen 6.684 cooperativas, de las cuales 1.173 son de crédito; 2.517 de servicio; 1.388 de producción; y 1.606 de consumo. De ese total, el 64.74% se concentra en la Sierra, el 32.43% en la Costa y el 6.36% en la Amazonía y Región Insular. Datos del Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social.

viernes, 3 de enero de 2014

ORIGEN DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

El cambio del modelo político y búsqueda de alternativas económicas al modelo neoliberal para apoyar y desarrollar a los pequeños y medianos productores a traído la necesidad de buscar el buen vivir a través del termino Economía popular y solidaria, Economía del trabajo o Economía comunitaria. Sus causas:

1)      La creciente incapacidad del modelo neoliberal de mercado para resolver los problemas sociales que genera una pérdida de legitimidad del sistema del mercado global
2)      Incapacidad por parte del Estado para solucionar a que el mercado excluye a los trabajadores, consumidores de manera estructural causando la pobreza y el desempleo

Ecuador es uno de los países que los a planteado en la constitución este principio del Buen Vivir buscando 4 equilibrios, el equilibrio del ser humano consigo mismo, entre los seres humanos la naturaleza y las comunidades.
Estos equilibrios requieren una institucionalización de lo económico a través de 5 principios estos son: subsistencia para la propia producción, reciprocidad, redistribución, intercambio y planificación.


 Las estrategias endógenas sostenible para la satisfacción de las necesidades básicas trata de la protección de los sectores que genera trabajo y empleo, siendo una iniciativa de la Economía Popular y Solidaria para fortalecer la capacidad de la soberanía alimentaria en el país, el ecoturismo comunitario, la inversión pública para desarrollar a la industria nacional produciendo cambios en la matriz energética, e inversión extranjeras para formación de capacidades humanas.

La LOEPS, tenían a su cargo el control y supervisión de las organizaciones del sector de la Economía Popular y Solidaria y del sector Financiero Popular y Solidario: la Dirección Nacional de Cooperativas (dentro del Ministerio de Inclusión Económica y Social) y la Superintendencia de Bancos y Seguros
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), en previsión al traspaso de competencias entre esta entidad y la Dirección Nacional de Cooperativas (DNC), diseñó e implementó un aplicativo para el levantamiento de información relacionada con las organizaciones económicas que estaban bajo el control de dicha Dirección, herramienta tecnológica necesaria para capturar la gran cantidad de información perteneciente a las entidades del sector económico popular y solidario. Una vez que la DNC cerró sus operaciones (el 30 de septiembre de 2012), se coordinó y efectuó el traspaso de información durante el mes de octubre del 2012, a fin de tener preparado el inicio de las actividades de control y supervisión por parte de la SEPS, así como la atención a las ciudadanas y ciudadanos que ejercen su actividad económica dentro del sistema social solidario del país; labores que iniciaron de manera exitosa el 1 de noviembre del 2012. A la fecha, se continúa con el proceso de traspaso de los activos y pasivos de la DNC y del Consejo Cooperativo Nacional (COCONA), conforme lo dispuesto por la Ley y su Reglamento

INSTITUTO DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA

El IEPS fue creado mediante Decreto Ejecutivo 1668 de 7 de abril de 2009, publicado en el RO 577 de 24 de abril de 2009.

El IEPS mediante Resolución 001 de 20 de agosto del 2009, desconcentró las funciones, competencias, atribuciones, representaciones y delegaciones a las Subsecretarías Regionales y Direcciones Provinciales del MIES.

El MIES mediante Acuerdo Ministerial 063 de 29 de agosto del 2009, dispuso a los
Subsecretarios Regionales y Directores Provinciales del MIES el estricto cumplimiento y aplicación a la Resolución de desconcentración.

El MIES mediante Acuerdo Ministerial 187 de RO 116 de 26 de enero de 2010, expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del IEPS.

El MIES mediante Acuerdo Ministerial No. 262 de 11 de marzo del 2011 expide el Reglamento para el Cofinanciamiento de programas y Proyectos de Economía Popular y Solidaria.


La activad institucional de la SEPS inició con la designación como Superintendente de Economía Popular y Solidaria, por parte del Consejo de Participación  Ciudadana y Control Social, del doctor Hugo Jácome Estrella, quien tomó posición del  cargo el 5 de junio de 2012.

jueves, 2 de enero de 2014

FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Art. 2. Son formas de organización de la economía popular y solidaria las siguientes: 
·    Las  Unidades  Socioeconómicas  Populares como,  los  emprendimientos unipersonales,familiares,  vecinales,  las  micro  unidades  productivas,  los  trabajadores domicilio,  los  comerciantes  minoristas,  los  talleres  y  pequeños  negocios,  entre otros, dedicados a la producción de bienes y servicios destinados  al  autoconsumo  o  a  su  venta  en  el  mercado,  con  el  fin  de,  mediante  el  autoempleo,  generar  ingresos  para  su  auto  subsistencia. 
·         Las  organizaciones  constituidas  por  familias,  grupos  humanos  o  pequeñas  comunidades fundadas  en  identidades  étnicas,  culturales  y    territoriales,  urbanas  o  rurales,  dedicadas  a  la  producción  de  bienes  o  de  servicios,  orientados  a  satisfacer  sus necesidades  de  consumo  y  reproducir  las  condiciones  de  su  entorno  próximo,  tales  como,  los  comedores  populares,  las  organizaciones  de  turismo  comunitario, las  comunidades  campesinas,  los  bancos  comunales,  las  cajas  de  ahorro,  las  cajas  solidarias, entre otras, que constituyen el Sector Comunitario.
·         Las  organizaciones  económicas  constituidas  por  agricultores,  artesanos  o  prestadores  de  servicios  de  idéntica  o  complementaria  naturaleza,  que  fusionan  sus   escasos  recursos  y  factores  individualmente  insuficientes,  con  el  fin  de  producir  o comercializar  en  común  y distribuir  entre  sus  asociados  los  beneficios  obtenidos,  tales  como,  microempresas  asociativas,  asociaciones de producción de bienes o de   servicios, entre otras,  que constituyen el Sector Asociativo.
·         El sector cooperativo comprende al conjunto de organizaciones entendidas como sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho privado e interés social.
·         Las unidades económicas populares son aquellas que se dedican a la economía del cuidado, los emprendimientos unipersonales, familiares, domésticos, comerciantes minoristas y talleres artesanales; que realizan actividades económicas de producción, comercialización de bienes y prestación de servicios que serán promovidas fomentando la asociación y la solidaridad.
Se excluyen  de la economía popular y solidaria, las formas asociativas gremiales profesionales, laborales,culturales,  deportivas,  religiosas, entre  otras,  cuyo  objeto  social  principal,  no  sea  la  realización  de actividades  económicas  de  producción  de  bienes  y  servicios  o    no cumplan  con  los  valores,  principios  y  características  que  sustentan  la economía popular y solidaria.  Y  las empresas que integran el sector privado, sean individuales  o  constituidas  como  sociedades  de  personas  o  de  capital, que      tengan como  objeto  principal  la  realización  de  actividades económicas o actos de    comercio con terceros, con fines lucrativos y de acumulación de capital. 

 CARACTERÍSTICAS 
Art.3. Las formas de organización de la economía popular y solidaria, se caracterizan    por:  

a)      La  búsqueda  de  la  satisfacción  en  común  de  las  necesidades  de  sus  integrantes,    especialmente,  las  básicas  de  autoempleo  y  subsistencia; 
b)      Su  compromiso  con  la  comunidad,  el  desarrollo  territorial  y  la  naturaleza;  
c)      La ausencia de fin de lucro en la relación con sus miembros; 
d)     La no discriminación, ni concesión de privilegios a ninguno de sus  miembros; 
e)      La  autogestión  democrática  y  participativa,  el  autocontrol  y  la  auto responsabilidad; 
f)       La  prevalencia  del  trabajo  sobre  el  capital;  de  los  intereses  colectivos  sobre  los individuales;  y, de  las  relaciones  de  reciprocidad y cooperación, sobre  el egoísmo y   la competencia. 


ORGANISMOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

ORGANISMOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO.

CINCO  ENTIDADES NACEN CON LA LEY DE ECONOMÍA POPULAR

El Ejecutivo propone que en el sector financiero popular y solidario operen cinco organismos donde, El proyecto de Ley de Economía Popular y Solidaria que remitió la Asamblea Nacional busca, a través de estas entidades, normar, institucionalizar y fortalecer un área de la economía “que no ha sido visibilizada y ha estado marginada de las políticas públicas”.
La normativa plantea que el sistema lo encabecen dos organizaciones:
1.      La LOEPS  crea a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria como “organismo técnico, con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción coactiva”
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que lo controlará.  el superintendente será designado por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) de una terna enviada por el presidente de la República

2.      El Comité Ínter institucional de Economía Popular y Solidaria, que dictará las políticas es, el “ente rector de la economía popular y solidaria” que dicte y coordine las políticas de fomento, promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades económicas de las personas y organizaciones del sector; y, la evaluación de la aplicación de las políticas adoptadas. El Comité se integrará por los ministros de Estados que se relacionen con la economía popular y solidaria “según lo determine el presidente de la República”.

También se crean otros tres organismos:

3.      El Fondo de Liquidez: concederá “créditos de última instancia” para que las organizaciones del sector puedan enfrentar situaciones de iliquidez. El Fondo tendrá un directorio presidido por un delegado del Ejecutivo, uno del Comité Interinstitucional (es decir, de un ministerio), y uno del sector financiero popular

4.      El Seguro de Depósitos: protegerá los depósitos efectuados por los integrantes del sistema.

5.       La Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias. brindará servicios financieros. La Corporación, un directorio con delegados de cinco secretarías de Estado.
6.       la Junta de Regulación: Es el organismo que regula al Sector Financiero Popular y Solidario, tiene como función dictar normas específicas y diferenciadas para cada uno de las formas organizativas; es decir, para las cooperativas de ahorro y crédito,  cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro. Las regulaciones deben ir enfocadas a la protección, promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades de dichas organizaciones. La Junta de Regulación, para su funcionamiento, contará con una Secretaría Técnica, que es su instancia de información, asesoría, seguimiento, evaluación y apoyo.

7.       Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria
La Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria tiene las siguientes funciones:
*  Proponer regulaciones para la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y Solidario;
*     Realizar seguimiento y evaluación del cumplimiento de las regulaciones;
*     Generar información para la formulación de políticas públicas por parte del comité;
*  Impulsar y coordinar la realización de investigaciones o estudios sobre diversos aspectos de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario;
*     Brindar apoyo técnico y administrativo a los entes reguladores; y,
*     Las demás que le sean asignadas por los entes reguladores.

ORGANIGRAMA- ORGANISMOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

El sector  de la economía popular  y solidaria comprende:
1.     Las cooperativas de ahorro y crédito.
2.     Las entidades asociativas o solidarias.
3.     Las cajas y bancos comunales, y
4.     Las cajas de ahorro.


Estas organizaciones, en el caso de las cooperativas de vivienda la regulación están a cargo del Ministerio de Desarrollo. Quién se encarga de la regulación de las organizaciones de la economía popular y solidaria? A las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, que abarca a los sectores: comunitario, asociativo y cooperativo (con excepción de las cooperativas de ahorro y crédito), las regula el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, que se encarga de dictar normas sobre los procedimientos de constitución, funcionamiento y control  de Urbano y Vivienda MIDUVI; en cambio, en las cooperativas de transporte, la regulación está a cargo del Ministerio Transporte y Obras Públicas MTOP.

miércoles, 1 de enero de 2014

ACTORES QUE TRABAJAN EN EL AMBITO DE LA ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA



Para identificar mejor a los actores que trabajan en el ámbito de la economía popular y solidaria se podría señalar tres grupos:

*     MICROEMPRESAS
Estas organizaciones están compuestas por pequeños talleres o negocios que pueden ser de carácter familiar, de pocos socios o individual.
Dentro de estas microempresas hay talleres de costura, de artesanía, panaderías, tiendas de barrio, comedores populares y otros. Pueden funcionar en la vivienda de alguno de los propietarios, o tener su propio local. Para realizar los trabajos, se integran a los miembros de las familias, a los vecinos del barrio, a los miembros de la comunidad de trabajo que busca garantizar un ingreso estable.

*     INICIATIVAS DE SERVICIOS TEMPORALES
Son personas que ofrecen bienes y servicios que responden a demandas de a gente, como lo son, vendedores ambulantes, servicios domésticos eventuales como limpieza, jardinería, plomería, y otros.

*     ORGANIZACIONES SOCIO-ECONÓMICAS POPULARES
Son unidades socio- económicas pequeñas, integradas por personas que asocian para trabajar y buscar alterativas a sus necesidades económicas, sociales y culturales.
Generalmente funcionan con capital reducido, tecnología artesanal o simple y sus integrantes establecen relaciones solidarias y de colaboración.
Buscan auto gestionar colectivamente  las actividades de la organización y tener un capital de ahorro. Entre estas tenemos: cooperativas de producción, de bienes o de servicios; asociaciones comunales; cadenas productivas solidarias; asociaciones económicas campesinas; etc. 
Un principio común que debe orientar a todas estas modalidades de hacer economía popular y solidaria es que siempre actúen ms orientadas a responder a necesidades sociales y humanas que a compartir por la máxima ganancia y la acumulación de capital.

Para mayor visualización de los actores de la economía popular y solidaria, a más de los que hemos nombrado, tengamos en cuenta la referencia de la siguiente lista:

ü  Botiquines populares
ü  Tiendas
ü  Ferias campesinas
ü  Talleres artesanales
ü  Panaderías comunales
ü  Granjas
ü  Asociaciones de trasporte
ü  Molinos comunitarios
ü  Proyectos de vivienda
ü  Producción agrícola
ü  Huertos comunales
ü  Servicios funerarios