ORGANISMOS
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y
SOLIDARIA Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO.
CINCO ENTIDADES NACEN CON LA LEY DE ECONOMÍA POPULAR
El Ejecutivo
propone que en el sector financiero popular y solidario operen cinco organismos
donde, El proyecto de Ley de Economía Popular y Solidaria que remitió la
Asamblea Nacional busca, a través de estas entidades, normar, institucionalizar
y fortalecer un área de la economía “que no ha sido visibilizada y ha estado
marginada de las políticas públicas”.
La normativa
plantea que el sistema lo encabecen dos organizaciones:
1.
La LOEPS crea a la Superintendencia
de Economía Popular y Solidaria como “organismo técnico, con jurisdicción
nacional, personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y
autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción coactiva”
La Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria, que lo
controlará. el superintendente
será designado por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) de una terna
enviada por el presidente de la República
2.
El Comité Ínter institucional de Economía
Popular y Solidaria, que dictará las políticas es, el “ente rector de la
economía popular y solidaria” que dicte y coordine las políticas de fomento,
promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades
económicas de las personas y organizaciones del sector; y, la evaluación de la
aplicación de las políticas adoptadas.
El Comité se integrará por los ministros
de Estados que se relacionen con la economía popular y solidaria “según lo
determine el presidente de la República”.
También se crean otros tres organismos:
3.
El Fondo de Liquidez: concederá “créditos de última
instancia” para que las organizaciones del sector puedan enfrentar situaciones
de iliquidez. El Fondo tendrá un directorio presidido por un delegado del
Ejecutivo, uno del Comité Interinstitucional (es decir, de un ministerio), y
uno del sector financiero popular
4.
El Seguro de Depósitos: protegerá los depósitos
efectuados por los integrantes del sistema.
5. La
Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias. brindará servicios financieros.
La Corporación, un directorio con delegados de cinco secretarías de Estado.
6. la Junta de Regulación: Es el
organismo que regula al Sector Financiero Popular y Solidario, tiene como
función dictar normas específicas y diferenciadas para cada uno de las formas
organizativas; es decir, para las cooperativas de ahorro y crédito, cajas
y bancos comunales, y cajas de ahorro. Las regulaciones deben ir enfocadas a la
protección, promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades
de dichas organizaciones. La Junta de Regulación, para su funcionamiento,
contará con una Secretaría Técnica, que es su instancia de información,
asesoría, seguimiento, evaluación y apoyo.
7. Secretaría Técnica de Economía
Popular y Solidaria
La Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria
tiene las siguientes funciones:






ORGANIGRAMA- ORGANISMOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
El sector de la economía popular y solidaria comprende:
1.
Las cooperativas de ahorro y
crédito.
2.
Las entidades asociativas o
solidarias.
3.
Las cajas y bancos comunales, y
4.
Las cajas de ahorro.
Estas organizaciones, en el caso de las
cooperativas de vivienda la regulación están a cargo del Ministerio de Desarrollo. Quién se encarga de la
regulación de las organizaciones de la economía popular y solidaria? A
las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, que abarca a los
sectores: comunitario, asociativo y cooperativo (con excepción de las
cooperativas de ahorro y crédito), las regula el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, que se encarga de
dictar normas sobre los procedimientos de constitución, funcionamiento y
control de Urbano y Vivienda MIDUVI; en cambio, en las cooperativas de
transporte, la regulación está a cargo del Ministerio Transporte y Obras
Públicas MTOP.
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