jueves, 2 de enero de 2014

ORGANISMOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

ORGANISMOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO.

CINCO  ENTIDADES NACEN CON LA LEY DE ECONOMÍA POPULAR

El Ejecutivo propone que en el sector financiero popular y solidario operen cinco organismos donde, El proyecto de Ley de Economía Popular y Solidaria que remitió la Asamblea Nacional busca, a través de estas entidades, normar, institucionalizar y fortalecer un área de la economía “que no ha sido visibilizada y ha estado marginada de las políticas públicas”.
La normativa plantea que el sistema lo encabecen dos organizaciones:
1.      La LOEPS  crea a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria como “organismo técnico, con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción coactiva”
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que lo controlará.  el superintendente será designado por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) de una terna enviada por el presidente de la República

2.      El Comité Ínter institucional de Economía Popular y Solidaria, que dictará las políticas es, el “ente rector de la economía popular y solidaria” que dicte y coordine las políticas de fomento, promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades económicas de las personas y organizaciones del sector; y, la evaluación de la aplicación de las políticas adoptadas. El Comité se integrará por los ministros de Estados que se relacionen con la economía popular y solidaria “según lo determine el presidente de la República”.

También se crean otros tres organismos:

3.      El Fondo de Liquidez: concederá “créditos de última instancia” para que las organizaciones del sector puedan enfrentar situaciones de iliquidez. El Fondo tendrá un directorio presidido por un delegado del Ejecutivo, uno del Comité Interinstitucional (es decir, de un ministerio), y uno del sector financiero popular

4.      El Seguro de Depósitos: protegerá los depósitos efectuados por los integrantes del sistema.

5.       La Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias. brindará servicios financieros. La Corporación, un directorio con delegados de cinco secretarías de Estado.
6.       la Junta de Regulación: Es el organismo que regula al Sector Financiero Popular y Solidario, tiene como función dictar normas específicas y diferenciadas para cada uno de las formas organizativas; es decir, para las cooperativas de ahorro y crédito,  cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro. Las regulaciones deben ir enfocadas a la protección, promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades de dichas organizaciones. La Junta de Regulación, para su funcionamiento, contará con una Secretaría Técnica, que es su instancia de información, asesoría, seguimiento, evaluación y apoyo.

7.       Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria
La Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria tiene las siguientes funciones:
*  Proponer regulaciones para la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y Solidario;
*     Realizar seguimiento y evaluación del cumplimiento de las regulaciones;
*     Generar información para la formulación de políticas públicas por parte del comité;
*  Impulsar y coordinar la realización de investigaciones o estudios sobre diversos aspectos de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario;
*     Brindar apoyo técnico y administrativo a los entes reguladores; y,
*     Las demás que le sean asignadas por los entes reguladores.

ORGANIGRAMA- ORGANISMOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

El sector  de la economía popular  y solidaria comprende:
1.     Las cooperativas de ahorro y crédito.
2.     Las entidades asociativas o solidarias.
3.     Las cajas y bancos comunales, y
4.     Las cajas de ahorro.


Estas organizaciones, en el caso de las cooperativas de vivienda la regulación están a cargo del Ministerio de Desarrollo. Quién se encarga de la regulación de las organizaciones de la economía popular y solidaria? A las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, que abarca a los sectores: comunitario, asociativo y cooperativo (con excepción de las cooperativas de ahorro y crédito), las regula el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, que se encarga de dictar normas sobre los procedimientos de constitución, funcionamiento y control  de Urbano y Vivienda MIDUVI; en cambio, en las cooperativas de transporte, la regulación está a cargo del Ministerio Transporte y Obras Públicas MTOP.

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